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Artículo 219

Ley de Salud del Estado de Jalisco· Título Octavo. DE LA DISPOSICIÓN DE ÓRGANOS, TEJIDOS, SANGRE, CÉLULAS TRONCALES Y HEMODERIVADOS › Capítulo I. DISPOSICIÓN DE ÓRGANOS Y TEJIDOS DE SERES HUMANOS

Disposición de Órganos. Regulación 1. Los aspectos concernientes al control sanitario de la disposición de órganos, tejidos, y sus componentes y derivados, productos y cadáveres de seres humanos, con fines terapéuticos, son regulados conforme a las normas correspondientes contenidas en la Ley General de Salud, el Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Trasplantes, las normas oficiales mexicanas, y demás disposiciones aplicables.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

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