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Artículo 176

Ley de Salud del Estado de Jalisco· Título Quinto. DE LA PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES Y ACCIDENTES › Capítulo Único. DE LA DISPOSICIÓN Y GARANTÍA DEL USO RACIONAL DE MEDICAMENTOS Y OTROS INSUMOS

Disponibilidad de Medicamentos y Otros Insumos. Gestión. 1. El Gobierno del Estado coadyuvará con las autoridades federales competentes para que se gestione la disponibilidad de medicamentos esenciales.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

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