De los Efectos del Ambiente en la Salud. Coordinación. 1. La Secretaría de Salud, en el ámbito de su competencia, se coordinará con las autoridades federales, estatales y municipales correspondientes para la prestación de los servicios a que se refiere el artículo anterior.
Artículo 132
Ley de Salud del Estado de Jalisco· Título Cuarto. DE LA SALUD PÚBLICA › Capítulo III. DE LOS EFECTOS DEL MEDIO AMBIENTE EN LA SALUD
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