Cuando el Congreso del Estado autorice la contratación de un proyecto, se integrará, el Comité de Adjudicación Estatal o Municipal, según corresponda, que funcionará como órgano colegiado de consulta, asesoría, análisis, opinión, orientación y resolución en el procedimiento de licitación y adjudicación de los proyectos autorizados.
Artículo 16
Ley de Proyectos de Inversión y de Prestación de Servicios del Estado de Jalisco y sus Municipios· Capítulo V. De la Aprobación ante el Congreso del Estado
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