Contra los actos de la autoridad municipal o estatal generados por la aplicación de esta ley, el afectado podrá hacer uso de los recursos administrativos previstos en la Ley del Procedimiento Administrativo del Estado de Jalisco o de los medios de defensa jurisdiccionales establecidos en la Ley de Justicia Administrativa para el Estado de Jalisco, según sea procedente en derecho y convenga a sus particulares intereses.
Artículo 81
Ley de Protección y Cuidado de los Animales del Estado de Jalisco· Título Quinto. De la denuncia, el procedimiento y las sanciones › Capítulo IV. De los medios de defensa
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