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Artículo 43

Ley de Protección y Cuidado de los Animales del Estado de Jalisco· Título Tercero. De las medidas de cuidado y protección de los animales › Capítulo V. De los experimentos con los animales

En el estado de Jalisco quedan expresamente prohibidas las prácticas de vivisección y de experimentación en animales vivos con fines didácticos en los planteles educativos de tipo básico. Dichas prácticas serán sustituidas por esquemas, videos, materiales biológicos y otros métodos alternativos.

Los supuestos en los cuales pueden utilizarse animales vivos para prácticas de vivisección y de experimentación serán exclusivamente los precisados en el presente capítulo, los cuales deberán también ajustarse a las disposiciones que en la materia establezcan las Normas Oficiales Mexicanas existentes.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.