Deberes — Contenido de la notificación de la vulneración. 1. El responsable deberá informar al titular y al Instituto, al menos, lo siguiente:
I. La naturaleza del incidente;
II. Los datos personales comprometidos;
III. Las recomendaciones y medidas que el titular puede adoptar para proteger sus intereses;
IV. Las acciones correctivas realizadas de forma inmediata; y V. Los medios donde puede obtener mayor información al respecto.