Procedimiento de verificación — Requerimientos de información y visitas de inspección. 39 1. Para el desahogo del procedimiento de verificación, el Instituto podrá, de manera conjunta, indistinta y sucesivamente:
I. Requerir al responsable denunciado la documentación e información necesaria vinculada con la presunta violación, y/o II. Realizar visitas de verificación a las oficinas o instalaciones del responsable denunciado o, en su caso, en el lugar donde se lleven a cabo los tratamientos de datos personales, a fin de allegarse de los elementos relacionados con el objeto y alcance de éste.