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Artículo 102

Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de Jalisco y sus Municipios· Título Noveno. Procedimientos de impugnación en materia de protección de datos personales en posesión de sujetos obligados › Capítulo II. Recurso de revisión ante el Instituto

Recurso de revisión — Documentos que deberán acompañarse al recurso de revisión. 1. El titular deberá acompañar a su escrito los siguientes documentos:

I. Los documentos que acrediten su identidad y la de su representante, en su caso;

II. El documento que acredite la personalidad de su representante, en su caso;

III. La copia de la solicitud a través de la cual ejerció sus derechos ARCO o de portabilidad de los datos personales y que fue presentada ante el responsable y los documentos anexos a la misma, con su correspondiente acuse de recepción;

IV. La copia de la respuesta del responsable que se impugna y de la notificación correspondiente, en su caso; y V. Las pruebas y demás elementos que considere el titular someter a juicio del Instituto.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.