El establecimiento, protección, manejo, preservación y restitución de las palmas y árboles en la Entidad deberán realizarse con las técnicas y especies apropiadas y deberán sujetarse a lo previsto en esta Ley y la normatividad que expida el Ejecutivo del Estado, y los reglamentos municipales.
Artículo 9
Ley de Protección, Conservación y Fomento de Arbolado y Áreas Verdes Urbanas del Estado de Jalisco y sus Municipios· Título Único. Disposiciones Generales › Capítulo Quinto. Del manejo y mantenimiento de las palmas y árboles
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