Buscar y guardar expedientes es gratis y no necesita cuenta. Los avisos por correo sí.

Artículo 89

Ley de Protección Civil del Estado· Capítulo XV. De las notificaciones

Cuando la notificación se refiera a los inmuebles que se indican en los artículos 6 y 7, en todo caso, se fijará una cédula en lugar visible de la edificación, señalando:

I. Nombre de la persona a quien se notifica;

II. Motivo por el cual se coloca la cédula, haciendo referencia a los fundamentos y antecedentes; y III. El tiempo por el que debe permanecer la cédula en el lugar donde se fije. 35

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: 6, 7

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.