Los Brigadistas Comunitarios del Estado de Jalisco únicamente deberán desempeñar las funciones de:
I. Acciones de prevención de riesgo en el lugar donde habitan;
II. Identificación de riesgos;
III. Alertamiento;
IV. Evacuación;
V. Participación en centros de acopio; 25 VI. Participación en la administración de refugios temporales;
VII. Participación en eventos socio-organizativos; y VIII. De apoyo.