Infracciones y sanciones – Criterios de aplicación. 1. La Secretaría o el ente público, así como la Contraloría podrá imponer las sanciones considerando:
I. Los daños o perjuicios que se hubieren producido con motivo de la infracción;
II. El carácter intencional o no del acto u omisión constitutivo de la infracción;
III. La gravedad de la infracción; e IV. Historial y reincidencia, en su caso.