Uso del Escudo del Estado. 1. El Escudo del Estado puede usarse por:
I. Las autoridades estatales y municipales en elementos de uso oficial; y II. La sociedad en general, previa autorización de la Secretaría General de Gobierno.
Buscar y guardar expedientes es gratis y no necesita cuenta. Los avisos por correo sí.
Ley de los Símbolos Oficiales del Estado de Jalisco· Capítulo II. Escudo del Estado
Uso del Escudo del Estado. 1. El Escudo del Estado puede usarse por:
I. Las autoridades estatales y municipales en elementos de uso oficial; y II. La sociedad en general, previa autorización de la Secretaría General de Gobierno.
Cita a: ningún otro artículo de esta norma.
Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.