La Comisión no tendrá más restricciones a sus atribuciones, facultades y competencias, que las que de manera expresa señale la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la particular del Estado y las demás disposiciones en la materia.
Artículo 8
Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos· Título Segundo. De la Comisión › Capítulo I. De la Competencia y atribuciones de la Comisión
Conexiones dentro de la misma norma
Cita a: ningún otro artículo de esta norma.
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