El Visitador General, valorará las pruebas en su conjunto, de conformidad con los principios de lógica, experiencia y legalidad, a fin de que pueda producir convicción sobre los hechos materia de la queja.
Artículo 66
Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos· Título Tercero. Del Procedimiento › Capítulo VI. De las pruebas
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