Son facultades del Director de Comunicación Social:
I. Definir e integrar las distintas publicaciones que realice la Comisión, con la aprobación del Presidente;
II. Ser el medio de difusión de la Comisión, para promover y divulgar la cultura de los derechos humanos en el Estado de Jalisco;
III. Informar a la sociedad los objetivos y programas de trabajo del organismo mediante la puesta en práctica de diversas estrategias, planes de comunicación y campañas de difusión, así como dar a conocer a la opinión pública las recomendaciones, pronunciamientos emitidos, conciliaciones y acuerdos de no violación, que sean pertinentes y el Presidente los apruebe;
IV. Gestionar la concesión de tiempos oficiales en el Sistema Jalisciense de Radio y Televisión;
V. Producir material de propaganda para la difusión de los derechos humanos, así como la gaceta del organismo; y VI. Las demás que le otorguen la presente ley, su reglamento interior y demás ordenamientos aplicables.