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Artículo 37

Ley de Justicia Alternativa del Estado de Jalisco· Capítulo III. DEL INSTITUTO DE JUSTICIA ALTERNATIVA DEL ESTADO DE JALISCO Y LOS CENTROS

El Director de Administración y Planeación es el encargado de la coordinación, supervisión y ejecución de las tareas que permitan el mejor cumplimiento de las funciones propias del instituto, así como la eficiente atención de las necesidades administrativas, materiales y financieras y le corresponde:

I. Auxiliar al Director General del Instituto en el desempeño de sus funciones administrativas internas;

II. Acordar con el Director General del Instituto el despacho de los asuntos de las áreas administrativas adscritas a su cargo;

III. Proponer al Director General del Instituto el programa anual de actividades de la dependencia a su cargo;

IV. Auxiliar al Director General del Instituto en la elaboración del proyecto de presupuesto del Instituto;

V. Dictar y establecer, con la aprobación del Director General, las normas, sistemas y procedimientos para la administración de los recursos humanos, materiales y financieros del Instituto, de acuerdo con la legislación vigente y con sus programas y objetivos;

VI. Coordinar los trabajos de las áreas administrativas que, por disposición expresa d (sic) la presente ley o el reglamento interior, le estén subordinadas;

VII. Desarrolla planes y métodos administrativos que promuevan la eficiencia de las funciones internas del Instituto;

VIII. Rendir al Director General del Instituto en la primera quincena de noviembre, un informe general anual sobre el funcionamiento, actividades y resultados obtenidos; y IX. Las demás que conforme a las disposiciones de esta ley y el reglamento interno le correspondan.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.