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Artículo 113

Ley de Justicia Administrativa del Estado de Jalisco· Capítulo XVII. De los Procedimientos Especiales

En aquellos casos, en que se requiera la publicación del acto administrativo, como requisito para su validez, en la resolución que declare que ha operado la afirmativa ficta, el Tribunal remitirá la sentencia al Ejecutivo para la inmediata publicación del acto en el Diario Oficial del Estado de Jalisco.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.