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Artículo 90

Ley de Ingresos del Municipio de Zapotlanejo, Jalisco para el ejercicio fiscal 2026· Título Cuarto. DERECHOS › Capítulo III. OTROS DERECHOS › Sección Única. Derechos no Especificados

Las personas físicas o jurídicas que requieran servicios de la dependencia competente que en este artículo se enumeran, pagarán previamente los derechos correspondientes.

Los servicios médicos considerados como de urgencia, son todos aquellos que requiera un paciente cuando se encuentre en riesgo la vida, la pérdida o función de órganos y se otorgarán con costo hasta la estabilización del paciente para su traslado hacia la institución de salud pública o privada que elija el propio paciente, su seguro o sus familiares, salvo que el estudio socioeconómico realizado por el área competente determine, ya sea una reducción parcial o total del costo generado.

Resuelta la etapa crítica de estabilización, la atención subsiguiente se considera como electiva por lo que se pagará conforme a la siguiente:

I.- Traslados a) Traslado en ambulancia de pacientes dentro del Área Metropolitana de Guadalajara. $1,339.00 b) Traslado de pacientes dentro del municipio $402.00 II.- Consultas a) Consulta médica general $55.00 b) Consulta de urgencias $80.00 c) Consulta de psicología $67.00 d) Consulta dental (sin procedimiento) $67.00 III.- Servicios Hospitalarios a) Hospitalización (4 horas): $134.00 b) Sutura (por punto): $40.00 c) Curación (sin material): $40.00 d) Extracción de cuerpos extraños en ojo: $267.00 e) Extracción de uñas: $201.00 f) Extracción de cuerpos extraños en oído: $267.00 g) Aplicación de yeso corto: $468.00 h) Aplicación de yeso largo: $603.00 i) Retiro de yeso: $80.00 j) Glucosa capilar (tira reactiva y lanceta): $40.00 k) Oxigeno para inhaloterapia o nebulización: $160.00 l) Aplicación de sonda vesical: $67.00 m) Retiro de sonda de Foley: $67.00 n) taponamiento nasal: $267.00 o) aplicación de inyección intramuscular, intravenosa o subcutánea: $40.00 p) venoclisis (incluye equipo de venoclisis, punzocat, solución 500ml y jeringa): $187.00 IV.- Servicios dentales a) Aplicación tópica de flúor: $53.00 b) Cementado de incrustaciones, coronas o prótesis: $108.00 c) Extracción de pieza permanente simple: $160.00 d) Extracción de pieza temporal: $108.00 e) Obturación con amalgama de plata: $108.00 f) Obturación con resina foto-curable: $174.00 g) Obturación temporal con cemento: $108.00 h) Rayos X periapical: $108.00 i) Recubrimientos pulpares: $67.00 j) Sellado de fosas y fisuras: $108.00 k) Profilaxis con cavitron: $174.00 l) Sutura dental: $187.00 m) Endodoncia en molares: $1,072.00 n) Endodoncia en centrales, laterales y caninos: $643.00 V.- Servicios de viaje de pipa de agua capacidad de 10,000 litros. Para las personas que no tienen contratado el servicio de agua potable. a) Costo en Cabecera Municipal: $350.00 b) Costo en Delegaciones: $585.00

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

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