A las y los contribuyentes que acrediten ser ciudadanos mexicanos y tener 60 años o más, serán beneficiados sobre el monto del impuesto predial que resulte a pagar, sobre los primeros $705,948.97 de valor fiscal, respecto de la casa que habiten y de la cual comprueben ser personas propietarias, este beneficio se otorgará a un solo inmueble.
En todos los casos se otorgará la reducción antes citada, tratándose exclusivamente de una sola casa habitación para lo cual, los beneficiarios deberán entregar, según sea su caso la siguiente documentación:
Copia del talón de ingresos o en su caso credencial que lo acredite como pensionado, jubilado o persona con discapacidad expedido por institución oficial del país y de la credencial de elector.
Recibo del impuesto predial, pagado hasta el sexto bimestre del año 2025, además de acreditar que el inmueble lo habita el beneficiado;
Cuando se trate de personas que tengan 60 años o más, identificación y acta de nacimiento que acredite la edad del contribuyente.
Tratándose de contribuyentes viudas y viudos, presentarán copia simple del acta de matrimonio y del acta de defunción del cónyuge.
Comprobante de domicilio luz, agua, o teléfono no mayor a tres meses, a su nombre o cónyuge y acta de matrimonio, en caso de que el comprobante no esté a su nombre.