Las personas físicas o jurídicas que requieran certificaciones, pagarán los derechos correspondientes conforme a la siguiente: CUOTA I. Constancias, certificaciones de actas o extractos de registro civil, por cada una: $64.00 Se exentará del pago de derechos al primer certificado de nacimiento, así como la expedición de constancias certificadas de inexistencia de registros de nacimientos. a) Por legajo de copias certificadas de apéndices del registro civil de 1 a 10 hojas: $105.00 b) Por legajo de copias certificadas de apéndices del registro civil de 11 a 20 hojas: $209.00 c) Por legajo de copias certificadas de apéndices del registro civil de más de 20 hojas, por cada hoja adicional: $6.00 II. Cuando la constancia requiera verificación física de los domicilios, por cada visita: $179.00 III. Cuando el certificado, copia o informe contenga antecedentes, por cada uno: $245.00 IV. Quedará exenta de pago la expedición de constancias de inexistencias de registro de nacimiento.
No se pagarán los derechos a que se refiere la fracción IV, durante las campañas de matrimonios colectivos, registros extemporáneos o cuando sean solicitadas por alguna de las Instituciones contempladas en el Artículo 3 del Código de Asistencia Social del Estado de Jalisco.
V. Certificados de residencia, así como derechos civiles y políticos, por cada uno: $438.00 133 Cuando la certificación de la constancia requiera verificación física del domicilio, se aplicará además, el cobro previsto en la fracción II de este artículo, por cada una: $158.00 Se exceptúa de este cobro, cuando el certificado sea con el fin de obtener becas para Instituciones educativas sean públicas o privadas, así como para constancias de vida o supervivencia para cobro de pensión.
VI. Constancia de comparecencia de identidad: $503.00 VII. Certificados de residencia para fines de naturalización, regularización de situación migratoria y otros fines análogos, por cada uno: $935.00 VIII. De la resolución administrativa derivada del trámite del divorcio administrativo: $337.00 IX. Certificado médico prenupcial, por cada una de las partes: $371.00 X. Certificado médico en unidades deportivas, de: $93.00 XI. Certificado veterinario zootecnista sobrepeso, edad, trapío y presencia de los toros de lidia, por cada uno: $989.00 XII. Certificado de no adeudo: $135.00 No será expedido dicho documento cuando la o el contribuyente registre adeudos por concepto de impuestos, derechos, contribuciones especiales y aprovechamientos, los cuales estén plenamente identificados.
XIII. Certificado de habitabilidad de inmuebles, el 15% del costo de la licencia de edificación, cuyo pago se cubrirá simultáneamente con el pago de la licencia de edificación.
El certificado de habitabilidad se emitirá con posterioridad a la supervisión hecha por parte de la Dirección de Permisos y Licencias de Construcción, en la que constate que la obra se realizó de conformidad con el proyecto autorizado.
No requerirán certificado de habitabilidad, todas aquellas edificaciones nuevas o ampliaciones menores a 50 metros cuadrados.
XIV. Certificación de planos, por cada firma: $144.00 XV. Búsqueda de antecedentes en la autoridad competente, expedición de constancias o sellado de planos adicionales en los trámites efectuados ante esta dependencia: $144.00 134 XVI. Dictámenes de usos y destinos por cada uno: $1,300.00 XVII. Dictámenes de trazo, usos y destinos específicos por cada uno: $1,495.00 XVIII. Dictamen técnico para anuncios estructurales por cada uno: $423.00 XIX. Dictamen técnico para cálculo estructural: $2,949.00 XX. Por cada movimiento administrativo, relacionado con el capítulo del agua y alcantarillado, tales como constancia de no adeudo y asignación de número de cuenta, la expedición de dichas constancias tendrá un costo cada una de: $159.00 XXI. Las certificaciones para constancia de introductores de ganado en los rastros del Municipio, causarán un derecho, cada una: $827.00 XXII. Por peritaje de la Coordinación Municipal de Protección Civil y Bomberos, a solicitud de parte tomando como base el valor de los bienes sobre los cuales se emite el dictamen: a) De hasta $1,000.00: $706.00 b) Sobre el excedente de $1,000.00: 3 al millar XXIII. Expedición de copias certificadas de documentos contenidos en los expedientes del Municipio, por cada hoja: $28.00 Estos derechos no se causarán cuando las copias sean solicitadas por autoridades federales, estatales o municipales para fines oficiales;
XXIV. Dictamen de predios baldíos que se pretendan constituir como jardines ornamentales: $286.00 XXV. Dictamen técnico para antenas de telefonía: $572.00 XXVI. Por ratificación de firmas y voluntad constitutiva de sociedades cooperativas: $416.00 XXVII. Los certificados o autorizaciones especiales, no previstas en las fracciones anteriores, causarán un derecho, por cada uno: $883.00 XXVIII. Dictamen técnico para la operación de estacionamientos: a) Hasta 50 cajones: $746.00 135 b) De 51 a 100 cajones: $1,181.00 c) De 101 a 500 cajones: $2,362.00 d) De 501 a 1000 cajones: $3,540.00 e) Más de 1000 cajones: $4,917.00 f) Cada revisión equivale al pago de un nuevo dictamen de acuerdo a los módulos descritos en los incisos anteriores. g) Para usos temporales (anexos navideños, eventos deportivos, culturales, pistas de hielo, modas, y otros) dentro del estacionamiento, se deberá cobrar un dictamen de acuerdo al número de cajones que estén involucrados de acuerdo a la modulación anterior.
XXIX. Dictamen técnico o reconsideración de afectación por nodos viales y restricción por paso de infraestructura: $594.00 XXX. Por la evaluación en materia de impacto ambiental realizada por la Dirección de Medio Ambiente, respecto de proyectos y obras de construcción y/o urbanización, en los términos del Código Ambiental para el Municipio de Zapopan, Jalisco y del Reglamento de Protección al Medio Ambiente y Equilibrio Ecológico para el Municipio de Zapopan, Jalisco, por cada uno: a) En obras de hasta 3,400 metros cuadrados de construcción y/o urbanización, se incluyen los metros cuadrados de sótanos: $7,837.00 b) En obras mayores de 3,400 y hasta 15,000 metros cuadrados de construcción y/o urbanización, se incluyen los metros cuadrados de sótanos: $15,673.00 c) En obras mayores de 15,000 y hasta 30,000 metros cuadrados de construcción y/o urbanización, se incluyen los metros cuadrados de sótanos: $39,183.00 d) En obras mayores de 30,000 metros cuadrados o más de construcción y/o urbanización, se incluyen los metros cuadrados de sótanos: $65,303.00 e) En actividades de exploración, extracción y procesamiento de minerales y sustancias que constituyan depósito de naturaleza de competencia municipal, así como el funcionamiento de bancos de material: $30,717.00 f) Por la emisión de la constancia de no requerimiento de Evaluación en Materia de Impacto Ambiental: $5,877.00 g) Por la emisión de todo visto bueno en materia de impacto ambiental distintos a los señalados en los incisos anteriores: $652.00 136 La vigencia de los Dictámenes o Autorizaciones de la evaluación en materia de impacto ambiental será de 24 meses.
Por evaluación de viabilidad de las solicitudes de modificaciones, prórrogas o ampliaciones de vigencia de las autorizaciones generadas a partir de las evaluaciones señaladas con antelación, se pagará el 50% de la cuota establecida en los incisos correspondientes de esta fracción; estas tendrán una vigencia de 12 meses, a excepción de aquellas autorizaciones emitidas para llevar a cabo actividades de exploración, extracción y procesamiento de minerales y sustancias que constituyan depósito de naturaleza de competencia municipal, así como el funcionamiento de bancos de material, mismas que podrán tener ampliaciones de vigencia desde 12 hasta 24 meses, a consideración la Dirección de Medio Ambiente, según el avance con que cuente la actividad autorizada.
Para los proyectos cuya autorización se emitió en ejercicios anteriores y que fueran sujetos de solicitar prórroga, se emitirá la misma en los términos y condiciones previstos en los incisos antes descritos.
XXXI. Certificaciones de colindancias de bienes inmuebles sujetos al procedimiento de regularización de fraccionamientos y asentamientos humanos irregulares ubicados en esta municipalidad, encabezado por la Comisión Municipal de Regularización, de acuerdo con lo dispuesto en el decreto 20920 o cualquier Ley o Decreto que abrogue a éste último en materia de regularización de fraccionamientos o asentamientos humanos irregulares en predios de propiedad privada en el Estado de Jalisco, emitido por el H. Congreso del Estado de Jalisco, por cada una: $278.00 XXXII. Constancia de visto bueno de no interferencia con propiedad municipal: $91.00 XXXIII. Revisión del Estudio de Capacidades para Potencial de Desarrollo o evaluación de Impacto Urbano Ambiental, de conformidad al Reglamento de Urbanización del Municipio de Zapopan, Jalisco, por cada uno: $15,349.00 XXXIV. Por la emisión del Dictamen del Estudio de Impacto al Tránsito, o de las Auditorías de Seguridad Vial: $7,568.00 XXXV. Por la emisión del Dictamen de Estudios de ingresos y salidas y/o integración vial: $1,567.00 XXXVI. Por la emisión del Dictamen y Revisión de Infraestructura de Movilidad, para la recepción de obras de urbanización: $1,567.00 137 XXXVII. Por la emisión del Dictamen de Evaluación de Estacionamiento Exclusivo en la vía pública: $497.00 XXXVIII. Dictamen de predios para acreditar la adaptación a inmuebles, para naturación del techo de su vivienda y de tecnologías amigables con el medio ambiente: $64.00 XXXIX. Por la emisión del dictamen en materia de movilidad no motorizada, para la autorización de un sistema de bicicleta en red o sistema de transporte individual, por cada bicicleta o vehículo de transporte individual: $2.00 XL. Dictamen de Registro de Emisiones a la Atmósfera del Municipio de Zapopan: $391.00 XLI. Por la emisión de la autorización de proyectos de señalización y protección de obra por cierres viales: $1,177.00 XLII. Por la emisión de la autorización de proyectos de infraestructura vial y dispositivos de control de tránsito: $1,177.00 XLIII. Por la emisión de cualquier otro dictamen de la Dirección de Movilidad y Transporte, por cada uno: $1,567.00 XLIV. Por la emisión del dictamen de finca antigua: $ 2,807.00 XLV. Valoración técnica para determinar la factibilidad de la autorización de cierres viales por eventos deportivos y/o recreativos por particulares que tengan una longitud mayor a trescientos metros lineales o tres cuadras: $3,426.00 De los servicios de catastro