Todas aquellas infracciones por violaciones a esta Ley, demás Leyes y reglamentos municipales que no se encuentren previstas en los artículos anteriores, excepto los casos establecidos en el artículo 21 párrafo II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, serán sancionadas según la gravedad de la infracción, con una multa, de: 60.47 a 224.44 UMA De los aprovechamientos provenientes de obras públicas
Artículo 132
Ley de Ingresos del Municipio de Zapopan, Jalisco para el ejercicio Fiscal 2026· Título Sexto › Capítulo I › Sección Segunda
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Cita a: ningún otro artículo de esta norma.
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