Buscar y guardar expedientes es gratis y no necesita cuenta. Los avisos por correo sí.

Artículo 107

Ley de Ingresos del Municipio de Zapopan, Jalisco para el ejercicio Fiscal 2026· Título Cuarto › Capítulo IV

Por servicios otorgados en el Centro de Salud Animal Municipal y los servicios prestados por la Dirección de Protección Animal en sus diferentes jefaturas, se cubrirán los siguientes derechos:

I. Los servicios que a continuación se indican, conforme a lo siguiente: a) Por consulta: $99.00 b) Por píldora o solución para desparasitación para adulto, por cada 10 kilos del peso del animal se pagará: $46.00 c) Suspensión para desparasitación de cachorro por tratamiento completo de 3 a 5 tomas se pagará: $49.00 d) Por sacrificio: $216.00 e) Vacuna séxtuple que incluye cinco antígenos virales y una bacteria: $365.00 f) Vacuna quíntuple que incluye cinco antígenos virales: $345.00 g) Vacuna Puppy que incluye 2 antígenos virales de parvo y moquillo: $200.00 h) Vacuna triple felina: $214.00 i) Vacuna Leucemia felina: $297.00 j) Vacuna Bordetella: $196.00 k) Giardia: $253.00 l) Por manutención de animal agresor; hasta por diez días de observación: 152 $909.00 m) Por resguardo de animal callejero: $454.00 Adicionalmente, se cobrará la manutención por cada día de resguardo de conformidad con las cuotas establecidas en el inciso n. n) Por manutención de animal decomisado, incautado, por residencia temporal después de su proceso de observación domiciliaria o de perro o gato en vía pública, según la especie, por cada día de estancia: 1.- Canino: $88.00 2.- Felino doméstico: $18.00 3.- Grandes felinos: i. Por cachorros, por cada kilogramo de peso del animal: $374.00 ii. Por adulto, por cada 10 kg de peso del animal: $64.00 4.- Equino, por cada 100 kg de peso vivo del animal: $166.00 5.- Rumiantes, por kilogramo de peso del animal: $17.00 6.- Porcinos, por cada 10 kilogramos de peso: $5.00 7.- Aves rapaces, por cada kilo de peso del animal, por día: $13.00 8.- Cuervos, por cada kilo de peso corporal, por día: $20.00 9.- Galliformes y patos, por cada kilo de peso del animal: $7.00 10.- Serpientes: $3.00 11.- Iguanas, por cada 100 gramos del peso del animal: $1.00 12.- Tortugas acuáticas, por cada 100 gramos del peso del animal: $7.00 13.- Tortugas terrestres, por cada 100 gramos del peso del animal: $5.00 En caso de que el animal pese menos de lo establecido en este inciso, se pagará el peso mínimo marcado por cada especie animal por cada día de estancia. ñ) Por tratamiento, dependiendo del peso y especie del animal: 153 1.- Básico que incluye la aplicación de medicamentos sintomatológicos y antimicrobianos, como son los antihistamínicos, antibióticos, antipiréticos, antiespasmódicos, antieméticos: i. Hasta 10 Kilos: $158.00 ii. De 10 a 20 Kilos: $180.00 iii. 21 a 99 kilos: $200.00 iv. 100 a 300 kg: $498.00 v. 301 a 600 kg: $596.00 2.- Medio que incluye limpieza, desinfección, debridación y sutura de heridas, así como tratamientos de otohematomas: i. Hasta 10 kilos: $342.00 ii. De 10 a 20 kilos: $374.00 iii. De 21 a 99 kilos: $411.00 iv. 100 a 300 kilos: $473.00 v. 301 a 600 kilos: $546.00 3.- Especial que incluye la aplicación de aminoácidos, vitamínicos y soluciones de sostén: i. Hasta 10 kilos: $572.00 ii. De 10 a 20 kilos: $619.00 iii. 21 a 600 kilos: $663.00 o) Por constancia de salud, para la cual será requisito presentar los estudios de biometría hemática, frotis fecal, carnet de vacunación y desparasitación completo: $307.00 p) Por observación domiciliaria: $734.00 q) Por la incineración de cadáveres, por cada kilo del animal: $30.00 r) Biometría hemática: $139.00 s) Frotis fecal directo: $51.00 t) Raspado de piel: $70.00 154 u) Registro y placa de identificación: $135.00 v) Ultrasonido: $380.00 w) Rayos X: $353.00 x) Tratamientos Odontológicos veterinarios: 1. Limpieza Dental (Retiro de sarro, pulido y sellado de poros dentales): i. 1 a 10 kg: $759.00 ii. 11 a 20 kg: $976.00 iii. 21 a 30 kg: $1,193.00 iv. 31 a 40 kg: $1,301.00 v. 41 a 100 kg: $1,627.00 2. Tratamiento periodontal Grado I (Limpieza dental, exodoncias, limpieza y curetaje alveolar): i. 1 a 10 kg: $1,215.00 ii. 11 a 20 kg: $1,562.00 iii. 21 a 30 kg: $1,909.00 iv. 31 a 40 kg: $2,082.00 v. 41 a 100 kg: $2,603.00 3. Tratamiento periodontal Grado II (Limpieza dental, exodoncias, limpieza y curetaje alveolar): i. 1 a 10 kg: $1,457.00 ii. 11 a 20 kg: $1,874.00 iii. 21 a 30 kg: $2,290.00 iv. 31 a 40 kg: $2,498.00 v. 41 a 100 kg: $3,124.00 4. Fistula Oronasal o Retiro de masa en cavidad oral: i. 1 a 10 kg: $1,085.00 ii. 11 a 20 kg: $1,301.00 155 iii. 21 a 30 kg: $1,518.00 iv. 31 a 40 kg: $1,735.00 v. 41 a 100 kg: $1,952.00 II. Los servicios prestados por cirugía se cubrirán conforme a la siguiente:

Cirugías especiales que corresponden a: 1.- Cesáreas, únicamente con la aplicación de la ovario histerectomía. 2.- Neoplasias: superficiales de piel, miembros, torácicas, mamarias, tumor venéreo trasmisible. 3.- Hernias: umbilicales, inguinales.

Estos tres numerales tendrán un costo por animal de: $984.00 Las cirugías de esterilización para el control de la natalidad en perros y gatos serán únicamente: la orquiectomía y ovario histerectomía. Mismas que tendrán un costo de: 1.- En campañas: Gratuitas 2.-Fuera de campañas, de acuerdo al peso del animal:

De 1 a 10 Kg: $263.00 De 11 a 20 Kg: $320.00 De 21 a 30 Kg: $377.00 De 31 a 40 Kg: $434.00 De 41 Kg en adelante: $514.00 III.- Por las entregas: a) Que realice el propietario del animal, al Municipio de Zapopan, se cobrará lo correspondiente a 5 días de manutención del mismo referidos en el inciso n. b) En adopción, que realice el propietario del animal, se cobrará únicamente lo que corresponde al Registro y Placa de identificación con código QR, conforme al inciso u de la fracción I, de este artículo. 156 c) Por entrega al responsable de algún animal, a quien se acredite como propietario o poseedor del mismo, pagará el registro y Placa QR, así como los gastos médicos, gastos de manutención establecidos en la fracción I, incisos l, m, n, y u, de este artículo.

IV.- Para efectos de la fracción I, la aplicación de la vacuna antirrábica será gratuita al igual que la entrega de la guía de cuidado adecuado del animal.

Por asistencia médica de los caballos de monta recreativa no se generará ningún cobro por parte del Municipio, sin embargo, será requisito para acceder a dicho programa estar registrado en la Dirección de Protección Animal.

Para efectos de cumplir con lo establecido en el artículo 27 Quáter del Reglamento de Sanidad, Protección y Trato Digno para los Animales en el Municipio de Zapopan, Jalisco, serán gratuitos los servicios de registro de establecimientos del ramo veterinario, efectuados ante la Dirección de Protección Animal, tales como: farmacias, clínicas, hospitales, pensiones, estéticas, locales de crianza y venta de animales, de comercialización de animales, refugios, albergues; tratándose de Médicos Veterinarios responsables de dichos establecimientos, asociaciones civiles, adiestradores de animales, de animales de carga y tiro, de evento de adopción, así como vistos buenos para que la Dirección de Padrón y Licencias otorgue la autorización del giro correspondiente.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.