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Artículo 51

Ley de Ingresos del Municipio de Valle de Juárez, Jalisco para el ejercicio fiscal 2026· Título Cuarto. DERECHOS › Capítulo Segundo. DE LOS DERECHOS POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS › Sección Cuarta. De las Regularizaciones de los Registros de Obra

Los contribuyentes a que se refiere el artículo 48 de esta Ley, pagarán, además, derechos por concepto de alineamiento, designación de número oficial e inspección. En el caso de alineamiento de propiedades en esquina o con varios frentes en vías públicas establecidas o por establecerse cubrirán derechos por toda su longitud y se pagará la siguiente:

TARIFA I. Alineamiento, por metro lineal según el tipo de construcción:

A.- Inmuebles de uso habitacional: a) Densidad alta $1.66 b) Densidad media: $5.73 c) Densidad baja: $8.15 d) Densidad mínima: $16.63 B.- Inmuebles de uso no habitacional: 1.- Comercio y servicios: a) Barrial: $8.81 b) Central: $19.45 c) Regional: $25.63 d) Servicios a la industria y comercio: $10.90 2.- Uso turístico: a) Campestre: $29.67 b) Hotelero densidad alta: $34.23 c) Hotelero densidad media: $33.54 d) Hotelero densidad baja: $37.12 e) Hotelero densidad mínima: $401.70 3.- Industria: a) Ligera, riesgo bajo: $19.45 b) Media, riesgo medio: $20.69 Página 32 de 92 c) Pesada, riesgo alto: $19.34 4.- Equipamiento y otros: a) Institucional: $17.95 b) Regional: $17. 95 c) Espacios verdes: $17. 95 d) Especial: $17. 95 e) Infraestructura: $17. 95 II. Designación de número oficial según el tipo de construcción:

A.- Inmuebles de uso habitacional: 1.- Densidad alta: $12.01 2.- Densidad media: $18.49 3.- Densidad baja: $24.44 4.- Densidad mínima: $17.95 B.- Inmuebles de uso no habitacional: 1.- Comercios y servicios: a) Barrial: $20.04 b) Central: $42.52 c) Regional: $48.71 d) Servicios a la industria y comercio: $36.44 2.- Uso turístico: a) Campestre: $48.71 b) Hotelero densidad alta: $56.59 c) Hotelero densidad media: $57.57 d) Hotelero densidad baja: $64.87 e) Hotelero densidad mínima: 3.- Industria: $73.02 Página 33 de 92 a) Ligera, riesgo bajo: $42.52 b) Media, riesgo medio: $48.44 c) Pesada, riesgo alto: $56.59 4.- Equipamiento y otros: a) Institucional: $16.63 b) Regional: $16.63 c) Espacios verdes: $16.63 d) Especial: $16.63 e) Infraestructura: $16.63 III. Inspecciones, a solicitud del interesado, sobre el valor que se determine según la tabla de valores de la fracción I, del artículo 48 de esta ley, aplicado a construcciones, de acuerdo con su clasificación y tipo, para verificación de valores sobre inmuebles, el: 10% IV. Servicios similares no previstos en este artículo, por metro cuadrado, de: $13.8 a $56.82 4

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: 48

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.