En los casos de traspaso de giros instalados en locales de propiedad municipal de dominio público, el Ayuntamiento se reserva la facultad de autorizar éstos, mediante acuerdo del Ayuntamiento, y fijar los derechos correspondientes de conformidad con lo dispuesto por el artículo 39 de esta ley, o rescindir los convenios que, en lo particular celebren los interesados.
Artículo 41
Ley de Ingresos del Municipio de Valle de Juárez, Jalisco para el ejercicio fiscal 2026· Título Cuarto. DERECHOS › Sección Tercera. Del Uso, Goce, Aprovechamiento o Explotación de Otros Bienes de Dominio Público
Conexiones dentro de la misma norma
Cita a: 39
Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.