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Artículo 14

Ley de Ingresos del Municipio de Valle de Juárez, Jalisco para el ejercicio fiscal 2026· Capítulo Quinto. DE LAS OBLIGACIONES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS

El funcionario encargado de la Hacienda Municipal, cualquiera que sea su denominación en los reglamentos municipales respectivos, es la autoridad competente para fijar, entre los mínimos y máximos, las cuotas que, conforme a la presente ley, se deben cubrir al erario municipal, debiendo efectuar los contribuyentes sus pagos en efectivo, con cheque certificado o nominativo salvo buen cobro, o vía electrónica a través de una transferencia mediante la expedición del recibo oficial correspondiente

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.