Los ingresos por concepto de accesorios derivados por la falta de pago de los derechos señalados en este Título de Derechos, son los que se perciben por:
Página 91 de 123 I. Recargos;
Los recargos se causarán conforme a lo establecido por el artículo 52 de la Ley de Hacienda Municipal del Estado de Jalisco, en vigor.
II. Multas;
Ill. intereses;
IV. Gastos de ejecución;
V. indemnizaciones:
VI. Otros no especificados.