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Artículo 35

Ley de Ingresos del Municipio de Valle de Guadalupe, Jalisco para el ejercicio fiscal 2026· Capítulo Primero › Sección Tercera

Las personas físicas o jurídicas que tomen en arrendamiento o concesión toda clase de bienes propiedad del municipio de dominio público, pagaran a este las rentas respectivas, de conformidad con las siguientes:

TARIFAS I. Arrendamiento de locales en el interior de mercados de dominio público, Por metro cuadrado, mensualmente, de: $27.00 a $ 268.00 II. Arrendamiento de locales exteriores en mercados de dominio público, Por metro cuadrado mensualmente, de: $33.00 a $485.00 Ill. Concesión de kioscos en plazas y jardines, Por metro cuadrado, mensualmente, de: $56.00 a $164.00 IV. Arrendamiento o concesión de excusados y baños públicos en bienes de dominio público, Por metro cuadrado, mensualmente, de: $55.00 a $171.00 V. Arrendamiento de inmuebles en bienes de dominio público Para anuncios eventuales, Por metro cuadrado, diariamente: $ 7.00 VI. Arrendamiento de inmuebles en bienes de dominio público Para anuncios permanentes, Por metro cuadrado, mensualmente, de: $ 112.00 a $197.00 VII. Arrendamiento de eventos masivos no deportivos en la unidad deportiva: $13,917.00 VIII. Arrendamiento de palapas (dejando un depósito en garantía de $200.00 aparte del costo, para algún desperfecto y en caso de no ocurrir este se rembolsará el dinero) $210.00 IX. Arrendamiento del auditorio municipal:

X. Casa de la Cultura. $3,786.00 a) Arrendamiento de auditorio de casa de la cultura Por evento $418.00 Página 32 de 123 b) Arrendamiento de salones de la Casa de la Cultura, cuando son varias sesiones $1,392.00 c) Cuota Para uso de salón o portal Por evento: $333.00 XI. Renta de lienzo charro Por evento: $3,155.00

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: 37