Los contribuyentes a que se refiere el artículo 47 de esta Ley, pagarán, además, derechos por concepto de alineamiento, designación de número oficial e inspección. En el caso de alineamiento de propiedades en esquina o con varios frentes en vías públicas establecidas o por establecerse cubrirán derechos por toda su longitud y se pagará la siguiente:
TARIFAS I. Alineamiento, por metro lineal según el tipo de construcción:
A.- Inmuebles de uso habitacional: 1. Densidad alta: $5.79 2. Densidad media: $16.21 3. Densidad baja: $35.84 4. Densidad mínima: $68.36 B.- Inmuebles de uso no habitacional: 1.- Comercio y servicios: a) Barrial: $16.21 b) Central: $27.78 c) Regional: $39.69 d) Servicios a la industria y comercio: $16.21 2.- Granjas y huertos $22.00 32 3.- Uso turístico: a) Turístico ecológico $22.00 b) Turístico campestre $22.00 c) Turístico hotelero, densidad mínima $62.52 d) Turístico hotelero, densidad baja, $50.72 e) Turístico hotelero, densidad media, $45.20 f) Turístico hotelero, densidad alta, $31.97 g) Habitacional jardín, $22.00 4.- Industria: a) Ligera, riesgo bajo: $23.15 b) Media, riesgo medio: $31.97 c) Pesada, riesgo alto: $48.51 5.- Equipamiento y otros: a) Institucional: $19.85 b) Regional: $19.85 c) Espacios verdes: $19.85 d) Especial: $19.85 e) Infraestructura: $19.85 II. Designación de número oficial según el tipo de construcción:
A.- Inmuebles de uso habitacional: 1. Densidad alta: $78.28 2. Densidad media: $87.10 3. Densidad baja: $109.15 4. Densidad mínima: $125.69 B.- Inmuebles de uso no habitacional: 1.- Comercios y servicios: a) Barrial: $78.28 b) Central: $87.10 c) Regional: $109.15 d) Servicios a la industria y comercio: $78.28 2.- Granjas y huertos $109.15 3.- Uso turístico: a) Turístico ecológico $109.15 b) Turístico campestre $109.15 c) Turístico hotelero, densidad mínima $234.83 d) Turístico hotelero, densidad baja, $188.53 e) Turístico hotelero, densidad media $141.12 f) Turístico hotelero, densidad alta $124.58 g) Habitacional jardín $109.15 4.- Industria: a) a) Ligera, riesgo bajo: $78.28 33 b) b) Media, riesgo medio: $94.82 c) c) Pesada, riesgo alto: $117.97 5.- Equipamiento y otros: a) Institucional: $78.28 b) Regional: $78.28 c) Espacios verdes: $78.28 d) Especial: $78.28 e) Infraestructura: $78.28 III. Por concepto de inspección de obra, sobre el valor que se determine según la tabla de valores de la fracción I, del artículo 47 de esta ley, aplicando a construcciones, de acuerdo con su clasificación y tipo, $1,675.80 IV. Servicios similares no previstos en este artículo, por metro cuadrado, de: $199.55 a $604.12 V. Autorización, suministros de Obra de Edificación: $385.88 VI. Reposición de bitácora de Obra por Edificación por extravío o por continuidad: $385.88