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Artículo 56 Ter

Ley de Ingresos del Municipio de Lagos de Moreno, Jalisco para el ejercicio fiscal 2026· Título Cuarto. DERECHOS › Capítulo II. DERECHOS POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS › Sección Décima. AGUA POTABLE, DRENAJE, ALCANTARILLADO, TRATAMIENTO Y DISPOSICIÓN FINAL DE AGUAS RESIDUALES

Los usuarios de los servicios que efectúen el pago correspondiente al año 2026 en una sola exhibición, se les concederán los siguientes descuentos:

Si efectúan el pago antes del día 1° de Mayo del año 2026, el 15%.

Los usuarios que soliciten realizar el pago de su estimado anual con descuento, en el caso de servicio medido, lo harán sobre una base de 10 m3 mensuales.

El descuento se aplicará a los meses que efectivamente se paguen por anticipado.

A los contribuyentes que efectúen su pago en los términos del inciso anterior no causarán los recargos que se hubieren generado en ese periodo. Incluso los que paguen posterior a esa fecha no serán sujeto de recargos si así se acuerda por Presidente y Tesorero, como una ayuda a la ciudadanía y de manera especial para disminuir la morosidad.

Ningún usuario tendrá derecho a dos beneficios.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.