Las personas físicas o jurídicas que realicen actos, operaciones o actividades gravadas por esta Ley, además de cumplir con las obligaciones señaladas en la misma deberán cumplir con las disposiciones, según el caso, contenidas en los Reglamentos Municipales en vigor, además el pago de los Impuestos y Derechos que le correspondan.
Estarán obligados a contribuir en la Conservación y Mejoramiento del Medio Ambiente de la manera que se establezca en esta Ley, conforme a lo señalado en la fracción IX del artículo 47.