En los casos de traspaso de giros instalados en locales de propiedad municipal de dominio privado, el ayuntamiento se reserva la facultad de autorizar éstos, mediante acuerdo del ayuntamiento, y fijar los productos correspondientes de conformidad con lo dispuesto por los artículos 69 y 77, fracción V, segundo párrafo de esta ley, o rescindir los convenios que, en lo particular celebren los interesados.
Artículo 100
Ley de Ingresos del Municipio de Ixtlahuacán de los Membrillos, Jalisco para el ejercicio fiscal 2026· Título Quinto. PRODUCTOS
Conexiones dentro de la misma norma
Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.