En los casos de traspaso de giros instalados en locales de propiedad municipal de dominio privado, el Ayuntamiento se reserva la facultad de autorizar éstos, mediante acuerdo del Ayuntamiento, y fijar los productos correspondientes de conformidad con lo dispuesto por los artículos 68 y segundo párrafo, fracción IV del 77 de esta ley, o rescindir los convenios que, en lo particular celebren los interesados. 100
Artículo 81
Ley de Ingresos del Municipio de Gómez Farías, Jalisco para el ejercicio fiscal 2026· Título Quinto. PRODUCTOS
Conexiones dentro de la misma norma
Cita a: 68
Lo citan: 104