Las licencias para giros nuevos, que funcionen con venta o consumo de bebidas alcohólicas, cuando éstos sean autorizados y previos a la obtención de los mismos, el contribuyente cubrirá los derechos correspondientes conforme a las siguientes bases:
I. Cuando se otorguen dentro del primer cuatrimestre del ejercicio fiscal se pagará por la misma el 100%.
II. Cuando se otorguen dentro del segundo cuatrimestre del ejercicio fiscal, se pagará por la misma el 70%.
III. Cuando se otorguen dentro del tercer cuatrimestre del ejercicio fiscal, se pagará por la misma el 35%.