Por la expedición de licencia municipal de bares: a) Bar en restaurante y giros similares, por cada uno, de: $4,617.00 b) Bar en restaurante folklórico o con música en vivo o restaurante campestre, de: $4,617.00 c) Bar en cabaret, centro nocturno y giros similares, por cada uno, de: $5,147.00 d) Cantina y giros similares, por cada uno, de: $6,258.00 e) Bar y giros similares, por cada uno, de: $6,258.00 f) Video bar, discoteca y giros similares por cada uno, de: $3,506.00 g) Venta de bebidas alcohólicas en establecimientos que ofrezcan entretenimiento con sorteos de números, juegos de apuestas con autorización legal, centros de apuestas remotas, terminales o máquinas de juegos y apuestas autorizados, de: $10,812.00 h) Producción, elaboración o destilación, ampliación, mezcla o transformación de alcohol, tequila, mezcal, cerveza y de otras bebidas alcohólicas con tiendas abiertas al público tanto en su interior como en su exterior por cada uno, de: $5,842.00 i) Salones de eventos sociales, de acuerdo a la siguiente tarifa: 1) Salones o lugares públicos $3,984.5.00 2) Salones o lugares privados $1,992.50
Artículo 48
Ley de Ingresos del Municipio de Gómez Farías, Jalisco para el ejercicio fiscal 2026· Título Cuarto. DERECHOS › Capítulo Segundo. DERECHOS POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS
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