Quienes hagan uso del piso para comercio en la vía pública y acrediten tener la calidad de pensionados, jubilados, personas con discapacidad o tengan 60 años o más, serán beneficiados con un descuento del 50% por el pago del uso de piso. Para lo cual los beneficiarios deberán presentar según sea el caso el documento que acredite su condición y proporcionar copia de la misma al recaudador para el registro y hacer posible el descuento.
Artículo 45
Ley de Ingresos del Municipio de El Salto, Jalisco para el ejercicio fiscal 2026· Título Cuarto. Derechos › Capítulo Primero › Sección Primera. Del uso del piso
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