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Artículo 51

Ley de Ingresos del Municipio de El Arenal, Jalisco para el ejercicio fiscal 2026· Título Cuarto. DERECHOS › Capítulo II. DERECHOS POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS › Sección Octava. SERVICIOS DE SANIDAD

Las personas físicas o jurídicas que requieran de servicios de sanidad en los casos que se mencionan en esta sección pagarán los derechos correspondientes, conforme a la siguiente:

TARIFA I. Inhumaciones y re inhumaciones, por cada una: a) En cementerios municipales: $ 128.07 b) En cementerios concesionados a particulares: $ 228.88 II. Exhumaciones, por cada una: a) Exhumaciones prematuras, de: $ 247.78 a $ 548.04 b) De restos áridos: $ 107.08 III. Los servicios de cremación causarán, por cada uno, una cuota, de $ 495.58 a $ 829.40 IV. Traslado de cadáveres fuera del Municipio, por cada uno: $ 78.51

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: 53