Quienes hagan uso del piso en la vía pública eventualmente, pagarán diariamente los derechos correspondientes conforme a la siguiente:
TARIFA I. Actividades comerciales o industriales, por metro cuadrado: a) En el primer cuadro, en período de festividades, de: $43.09 a $ 116.41 b) En el primer cuadro, en períodos ordinarios, de: $21.55 $ 65.02 c) Fuera del primer cuadro, en período de festividades, de: $34.09 a $ 101.30 d) Fuera del primer cuadro, en períodos ordinarios, de: $ 10.77 a $ 62.41 II. Espectáculos y diversiones públicas, por metro cuadrado, de: $5.32 a $ 15.03 III. Tapiales, andamios, materiales, maquinaria y equipo, colocados en la vía pública, por metro cuadrado: $15.00 IV. Graderías y sillerías que se instalen en la vía pública, por metro cuadrado: $ 3.22 V. Autorizaciones para circular en el área del Centro Histórico: a) Vehículo de doble rodado, de hasta 4.5 toneladas de capacidad de carga, cada uno, por mes: $83.95 b) Vehículo de doble rodado, de 4.6 hasta 9 toneladas de capacidad de carga, cada uno, por mes: $140.21 VI. Autorizaciones para circular en el área urbana, excepto Centro Histórico: a) Vehículo de doble rodado, de hasta 4.5 toneladas de capacidad de carga, cada uno, por mes: $66.60 37 b) Vehículo de doble rodado, de más de 4.6 toneladas de capacidad de carga, cada uno, por mes: $81.21 VII. Otros puestos eventuales no previstos, por metro cuadrado: $20.47