Capítulo PrimeroDE LOS APROVECHAMIENTOS
Ley de Ingresos del Municipio de Cihuatlán, Jalisco para el ejercicio fiscal 2026 · arts. 95 a 103
Artículos
- Art. 95Los ingresos por concepto de aprovechamientos son los que se perciben por: I. Recargos; Los recargos se causarán conforme a lo…
- Art. 96La tasa de recargos por falta de pago oportuno de los créditos fiscales será del 1.00% mensual.
- Art. 97Los gastos de ejecución y de embargo se cubrirán a la Hacienda Municipal, conjuntamente con el crédito fiscal, conforme a las…
- Art. 98Las sanciones de orden administrativo, que, en uso de sus facultades, imponga la autoridad municipal, serán aplicadas con…
- Art. 99A quienes adquieran bienes muebles o inmuebles, contraviniendo lo dispuesto en el artículo 301 de la Ley de Hacienda Municipal en…
- Art. 100Por violaciones a la Ley de Gestión Integral de los Residuos del Estado de Jalisco, se aplicarán las siguientes sanciones: a) Por…
- Art. 101Todas aquellas infracciones por violaciones a esta Ley, demás Leyes y Ordenamientos Municipales, que no se encuentren previstas…
- Art. 102Los ingresos por concepto de aprovechamientos son los que el Municipio percibe por: I. Intereses; II. Reintegros o devoluciones…
- Art. 103Cuando se concedan plazos para cubrir créditos fiscales, la tasa de interés será el costo porcentual promedio (C.P.P.), del mes…