Los establecimientos, puestos y locales, así como el horario de comercio, que operen en el Municipio, se regirán en cada caso por las disposiciones contenidas en el reglamento correspondiente; así como tratándose de los giros previstos en la Ley para Regular la Venta y Consumo de Bebidas Alcohólicas en el Estado de Jalisco, se atenderá a ésta y al reglamento respectivo.
Artículo 6
Ley de Ingresos del Municipio de Acatlán de Juárez, Jalisco para el ejercicio fiscal 2026· Capítulo II. DE LAS OBLIGACIONES DE LOS CONTRIBUYENTES
Conexiones dentro de la misma norma
Cita a: ningún otro artículo de esta norma.
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