Capítulo IIIDel Procedimiento de Revocación d Licencias
Ley de Hacienda Municipal del Estado de Jalisco · arts. 315 a 317
Artículos
- Art. 315Procederá la revocación de licencias para el funcionamiento de giros, en los siguientes casos: I. Si no reúnen los requisitos de…
- Art. 316La revocación deberá sujetarse al siguiente procedimiento: I. Cuando el Presidente Municipal o el funcionario municipal que este…
- Art. 316 BisLa revocación de las licencias o permisos para operar los giros restringidos establecidos en la Ley para Regular la Venta y el…
- Art. 317Contra la revocación de Licencias, no procederá el Recurso de Reconsideración que establece esta ley.