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Artículo 256

Ley de Hacienda Municipal del Estado de Jalisco· Libro Quinto. De los Procedimientos y Recursos › Título Primero. De Los Procedimientos › Capítulo II. Del Procedimiento Administrativo de Ejecución › Sección Segunda. Del Requerimiento

Para iniciar un procedimiento de cobro en contra de un responsable solidario, o de un responsable objetivo del crédito fiscal será necesario hacerles notificación, en la que se expresará:

I. El nombre del contribuyente;

II. La resolución de la que se derive el crédito fiscal y el nombre de éste;

III. Los motivos y fundamentos por los que se les considera responsables del crédito; y IV. El plazo para el pago, que será de quince días, salvo que la Ley señale otro.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.