Las notificaciones por edictos se realizarán haciendo publicaciones que contendrán un resumen de las resoluciones por notificar; dichas publicaciones deberán efectuarse por tres veces consecutivas, en el Periódico Oficial El Estado de Jalisco, y en uno de los de mayor circulación en el Estado, con cargo al contribuyente.
Artículo 246
Ley de Hacienda Municipal del Estado de Jalisco· Libro Quinto. De los Procedimientos y Recursos › Título Primero. De Los Procedimientos › Capítulo I. Disposiciones Generales
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