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Artículo 207

Ley de Hacienda Municipal del Estado de Jalisco· Libro Cuarto. Del Ejercicio Del Gasto, Contabilidad Y Cuenta Pública › Título Segundo. Del Presupuesto de Egresos › Capítulo I. DE LA PREPARACIÓN DEL PRESUPUESTO

El Presidente Municipal, a través de la Tesorería o Hacienda Municipal, determinará los lineamientos del gasto, así como las políticas y normas que se aplicarán durante la elaboración del anteproyecto de presupuesto de egresos, a los cuales tendrán que sujetarse las dependencias y entidades municipales mencionadas en el artículo 20 de esta Ley.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: 20

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.