Tratándose de los permisos a que se refiere este capítulo, serán solidariamente responsables del pago de este derecho, por la colocación de anuncios:
I. Las personas físicas o morales responsables de la colocación de los anuncios; y II. Los propietarios de los muebles o inmuebles donde se instalen los anuncios. Estos se liberarán de la responsabilidad, dando aviso por escrito a la Tesorería o Hacienda Municipal de las existencias de dichos anuncios, dentro de los 15 días siguientes a su instalación.