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Artículo 2

Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Jalisco y sus Municipios· Título Primero. Disposiciones Generales › Capítulo Único

1. Son principios rectores de la fiscalización superior: la legalidad, definitividad, imparcialidad, certeza, 1 racionalidad, confiabilidad, independencia, transparencia, objetividad y profesionalismo. 2. Son principios rectores en el ejercicio del presupuesto de la Auditoría Superior: la transparencia, racionalidad, austeridad, eficacia, eficiencia, economía, disciplina presupuestal y el profesionalismo. 3. Los sujetos obligados deberán aplicar los criterios de control y rendición de cuentas, en la administración y ejercicio de los recursos públicos, además de los anteriores criterios.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

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