El área de supervisión dará seguimiento a las medidas cautelares distintas a la prisión preventiva impuestas por el órgano jurisdiccional y vigilará el estricto cumplimiento de las condiciones impuestas al 8 imputado en el caso de la suspensión condicional del proceso, debiendo informar a las partes y a aquél sobre cualquier cambio que considere que amerita una revisión de las mismas.
Artículo 33
Ley de Evaluación y Supervisión de Medidas Cautelares y Suspensión Condicional del Proceso del Estado de Jalisco· Título Segundo. De la Unidad Estatal de Medidas Cautelares y de Suspensión Condicional del Proceso › Capítulo IV. Del área de Supervisión de Medidas Cautelares y de Suspensión Condicional del Proceso
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