1. Las Empresas Estatales pueden ser:
I. Empresas del Estado, cuando el Estado, por sí o a través de otras Entidades, cuente con el cien por ciento de las acciones o partes sociales; o II. Empresas de Participación Estatal Mayoritaria, cuando el Estado, por sí o a través de otras Entidades, cuente con más del cincuenta y menos del cien por ciento de las acciones o partes sociales.