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Artículo 56

Ley de Educación Superior del Estado de Jalisco· Título Quinto › Capítulo I

1. La Comisión Estatal para la Planeación de la Educación Superior participará en el espacio de deliberación de las comisiones estatales para la planeación de la educación superior o instancias equivalentes, el cual tendrá como objeto el intercambio de experiencias e integrar una visión compartida sobre las funciones a su cargo. Contará con una secretaría técnica designada conforme a los lineamientos de operación que al efecto se emitan. 2. La Comisión Estatal para la Planeación de la Educación Superior decidirá su forma de organización interna.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.